Buenos días.
Compraventa de acciones
Hoy os hablare sobre la fiscalidad en la bolsa que se forman por varios factores.
Compraventa de acciones
La venta de acciones implica una ganancia o pérdida patrimonial y el importe de dicha variación viene determinado por la diferencia entre el valor de adquisición y el de venta de las mismas. Si la diferencia entre el valor de venta y valor de compra es positiva, estaríamos ante una plusvalía o ganancia patrimonial; si es negativa, será una minusvalía o pérdida patrimonial.
La tributación de los productos de ahorro e inversión, como las acciones, ha sufrido diversas modificaciones en los últimos años.
Desde el 1 de enero de 2013 se tiene en cuenta el periodo de generación de las plusvalías:
Existe una norma anti-aplicación, según la cual no se podrán computar como pérdidas patrimoniales las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores europeos cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas transmisiones.
Respecto a los dividendos, tributan en la base imponible del ahorro, a excepción de los 1.500 primeros euros anuales que están exentos.
Reforma fiscal
La tributación de los productos de ahorro e inversión, como las acciones, ha sufrido diversas modificaciones en los últimos años.
Desde el 1 de enero de 2013 se tiene en cuenta el periodo de generación de las plusvalías:
- Superior a un año: tributan en la base imponible del ahorro
- Inferior a un año: tributan al tipo marginal en la base general
- Tributación al 21% para los primeros 6.000€ç
- Tributación al 25% entre 6.001 y 24.000€
- Tributación al 27% a partir de 24.001 €
Existe una norma anti-aplicación, según la cual no se podrán computar como pérdidas patrimoniales las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores europeos cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas transmisiones.
Respecto a los dividendos, tributan en la base imponible del ahorro, a excepción de los 1.500 primeros euros anuales que están exentos.
Reforma fiscal
La reforma fiscal que entrará en vigor el 1 de enero de 2015 introduce nuevos cambios en la tributación de la operativa en acciones:
- No se tendrá en cuenta el periodo de generación de las plusvalías, tributando éstas en la base imponible del ahorro aún cuando se vendan antes de que pase un año desde la compra.
- Se elimina la exención de los 1.500 primeros euros anuales cobrados en concepto de dividendos.
- Se modifican los tramos de tributación de la base imponible del ahorro. Serán los siguientes:
- Tributación al 20% para los primeros 6.000€
- Tributación al 22% entre 6.001 y 24.000€
- Tributación al 24% a partir de 24.001 €
- Tributación al 19% para los primeros 6.000€
- Tributación al 21% entre 6.001 y 24.000€
- Tributación al 23% a partir de 24.001 €

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