Hola a todos , esta entrada no sera un post de trading si no sera de otro tema , ya que me parece bastante curioso .
Este estudio analiza 31 empresas del indicador –todas menos Amadeus, BME, Mediaset y Técnicas Reunidas, por no haberse podido acceder al texto completo de sus códigos éticos–, y sitúa a Abertis a la cabeza del ránking (con un 100% de cumplimiento), como la empresa que mejor tiene recogidos en su código las prohibiciones, obligaciones y principios éticos. Le siguen OHL (86,15%), Sacyr (86,15%), Repsol (80%) y Acciona (77,69%). A la cola del ránking se encuentra Abengoa (33,77%), junto a compañías como Dia (43,08%), ACS (44,62), IAG (55,38%) o Gamesa (55,38%), siendo la media de todas las empresas el 64,51%.
*Gráfico elaborado por el diario Expansión con los datos del estudio de Ribas y Asociados.
Entre las principales conclusiones del estudio, destaca que los delitos más mencionados son los relativos a la corrupción, la intimidad, los derechos de los trabajadores y el medio ambiente. Y los que menos, los que hacen referencia al orden urbanístico y las insolvencias punibles.
El análisis pone de manifiesto la gran concienciación de las empresas en lo referente a protección de datos, aunque también hay grandes ausentes, como es el caso de Hacienda. En este sentido, llama la atención que el pago de impuestos, como principio ético a potenciar, esté ausente en el 53,23% de los códigos éticos analizados. Este hecho, según explica Xavier Ribas, socio director del bufete que ha elaborado el estudio, “tiene especial importancia en las cotizadas, ya que la reciente reforma de la Ley de Sociedades de Capital establece como facultades indelegables del consejo de administración la determinación de la estrategia fiscal de la sociedad y de la política de control y gestión de los riesgos tributarios, así como la aprobación de inversiones y operaciones que tengan especial riesgo fiscal”.
Se trata de medidas de buen gobierno que “van orientadas a evitar posibles situaciones de ceguera intencionada del consejo en materia fiscal, y el código ético sería un buen instrumento, ahora desaprovechado, para comunicar al mercado la intención del consejo de implicarse en la definición de una estrategia fiscal basada en el cumplimiento”, concluye.
Otras conclusiones del estudio muestran que existe todavía una marcada tendencia a la protección de los activos materiales e inmateriales propios en vez de los activos de los terceros, y que muchas empresas hablan exclusivamente de la corrupción privada pasiva, prohiben, por ejemplo, aceptar regalos, pero no impiden hacerlos. Además, 16 de las empresas analizadas prohíben expresamente en sus códigos éticos financiar o realizar cualquier tipo de contribución dirigida a un partido político.
Los datos utilizados para la elaboración del estudio se han obtenido a partir de los códigos éticos publicados por cada compañía en su sitio web, si bien el propio estudio deja claro que algunas empresas optan por diseñar un código ético escueto que luego desarrollan en otras normas en mayor profundidad.
La importancia de analizar los códigos éticos de las compañías, y especialmente las del Ibex, radica en que se trata de un documento de acceso público para todos aquellos agentes a los que afecten las actividades de la empresa. Además, los códigos éticos pueden ser la antesala del manual de 'compliance' que elaboren las empresas detallando las medidas del programa de cumplimiento normativo que adopten.
Metodología empleada en el estudio para el cálculo de porcentajes de cumplimiento:
Metodología empleada en el estudio para el cálculo de porcentajes de cumplimiento:
Para calcular el porcentaje de cumplimiento sobre la mención de un delito determinado en el código ético de cada empresa, se ha otorgado un 20%, cuando el delito indicado no aparece mencionado de forma expresa, aunque se entiende incluido en las prohibiciones generales; un 50% cuando el delito indicado aparece mencionado de forma expresa y sucinta; y un 100% cuando el delito indicado aparece mencionado de forma expresa, indicando la mayor parte de las conductas tipificadas.
información extraída de : consultorjuridico


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